A- de 2023
Ponente Natalia Ángel Cabo
✓Demandante La Sociedad Centrales Eléctricas De De Nariño S.A. E.S.P.·Demandado Municipio De Pasto Alcaldia Municipal
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Proceso judicial para cobro de facturas por prestación de servicios públicos
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Quinto Civil de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pasto, Nariño y el Juzgado Tercero Administrativo de Pasto, Nariño.
La causa que suscitó la controversia fue originada por demanda ejecutiva inicada por la sociedad Centrales Eléctricas De Nariño S.A.
E.S.P., en contra de la Alcaldía Municipal de Pasto, Nariño para el cobro de una factura derivada de la prestación del servicio público de energía eléctrica e iluminación a la intersección Catambuco Kilometro 14 CT Panamericana.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena reitera lo señalado en Auto 708/21 y concluye que la jurisdicción ordinaria civil conocerá de los procesos ejecutivos donde se pretendan cobrar facturas en el marco de un contrato de prestación de servicios públicos domiciliarios, de conformidad con el artículo 130 de la Ley 142 de 1994, el cual fue reformado por el artículo 18 de la Ley 689 de 2001.
En consecuencia, la Corte decide remitir el expediente al Juzgado Quinto Civil de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pasto, Nariño para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado Tercero Administrativo de Pasto, Nariño y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (7 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones planteado entre el Juzgado
- Quinto. Civil de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pasto, Nariño y el Juzgado
- Tercero. Administrativo de Pasto, Nariño, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
- Quinto. Civil de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pasto, Nariño es la autoridad competente para conocer el proceso ejecutivo promovido por la empresa Centrales Eléctricas De Nariño S.A. E.S.P. en contra de la Alcaldía Municipal de Pasto, Nariño.
- SEGUNDO. Por Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-4657 al Juzgado
- Quinto. Civil de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pasto, Nariño para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique esta decisión al Juzgado
- Tercero. Administrativo de Pasto, Nariño y a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.